Son muchas las causas que pueden llevar a un trabajador a solicitar excedencia para cuidar a los hijos. Se trata de un periodo de tiempo durante el cual queda liberado de sus obligaciones en el trabajo y la empresa deja de pagar su salario. Aunque no se renuncia de forma definitiva al empleo en cuestión.
El cuidado de los hijos suele ser una de las causas más frecuentes para solicitar una excedencia. Y es que, después de agotar la baja por maternidad o paternidad, son muchos los padres y madres que deciden utilizar esta fórmula para poder pasar más tiempo con el bebé. Con tan pocos meses algunos consideran que aún es mejor no separarse de los hijos.
Por eso en esta publicación te vamos a contar en qué consiste exactamente la excedencia para cuidar a los hijos, cómo puedes solicitarla y todo lo relacionado con la misma. No pierdas detalle.
Tabla de contenidos
- 1. ¿Qué es la excedencia para el cuidado de los hijos?
- 2. ¿Quién puede solicitar la excedencia para el cuidado de los hijos?
- 3. ¿Cuál es la duración de esta excedencia?
- 4. Es un derecho del trabajador: la empresa no puede negarse
- 5. ¿La empresa debe guardar tu puesto de trabajo?
- 6. ¿Cómo solicitar la excedencia para el cuidado de los hijos? Paso a paso
- 7. ¿Cómo puedes reincorporarte después al trabajo?
- 8. ¿Qué pasa si la empresa se niega a que te reincorpores?
1. ¿Qué es la excedencia para el cuidado de los hijos?
La excedencia para el cuidado de los hijos es un periodo de tiempo durante el cual el trabajador queda liberado de sus obligaciones laborales para dedicarse a cuidar a los hijos cuando estos son pequeños. Es decir, cuando tienen menos de tres años de edad.
Durante dicho periodo de tiempo ni el trabajador desempeña sus funciones en la empresa ni esta le paga su salario. Pero tampoco renuncia de forma definitiva a su empleo, ya que la empresa conserva su puesto durante un periodo de tiempo.
2. ¿Quién puede solicitar la excedencia para el cuidado de los hijos?
Para solicitar la excedencia para el cuidado de los hijos la única condición es que el hijo o hija en cuestión sea menor de tres años. De manera que pueden pedirla tanto el padre como la madre.
3. ¿Cuál es la duración de esta excedencia?
Una vez que la empresa concede al trabajador la excedencia para el cuidado de los hijos, este tiene derecho a aprovecharla durante el máximo tiempo permitido. En este sentido, no hay un tiempo mínimo para disfrutar de esta excedencia. Y el límite de tiempo es hasta que el niño o niña en cuestión cumpla los tres años.
¿Debes pedirla de forma prolongada o puedes disfrutarla por fracciones?
No es necesario que disfrutes de la excedencia para cuidar a los hijos de forma prolongada. Es decir, que está permitido que la solicites en fracciones o periodos de tiempo. Por ejemplo, cuatro meses ahora, otros dos más adelante… Lo puedes distribuir como tú quieras. Pero ten en cuenta que este derecho acaba cuando el hijo o hija cumple los tres años de edad.
¿Cuándo debes solicitarla?
La excedencia para el cuidado de los hijos no tiene por qué solicitarse en el momento del nacimiento del hijo o hija. Puedes hacerlo desde que nazca y hasta que cumpla los tres años.
4. Es un derecho del trabajador: la empresa no puede negarse
La excedencia para dedicarse al cuidado de los hijos, hasta que estos cumplan los tres años de edad, es un derecho del trabajador. En este sentido, si la solicitas de la forma correcta y siguiendo los pasos que te indicaremos más adelante, la empresa no puede rechazarla. Debe concederte el permiso. De lo contrario, debes acudir a la justicia.
5. ¿La empresa debe guardar tu puesto de trabajo?
Durante el periodo de tiempo que estés disfrutando de tu excedencia para dedicarte al cuidado de tus hijos no renuncias de forma definitiva a tu puesto de trabajo.
- La empresa debe guardar o conservar tu puesto durante el primer año de duración de la excedencia. Si durante ese primer año decides volver, la empresa debe ofrecerte tu antiguo puesto.
- Una vez que pase ese primer año, la empresa ya no está obligada a reservarte tu antiguo puesto. Sin embargo, sí debe ofrecer un empleo de las mismas características o similar si decidas volver.
Pero, en definitiva, este tipo de excedencia en concreto te asegura que una vez que finalices ese periodo dedicado al cuidado de los hijos, tendrás un trabajo en la empresa (ya sea tu antiguo puesto o uno similar).
6. ¿Cómo solicitar la excedencia para el cuidado de los hijos? Paso a paso
Ahora que ya conoces en qué consiste la excedencia para el cuidado de los hijos, quién puede solicitarla y demás aspectos relacionados con la misma, veamos cómo solicitarla paso a paso.
Es un proceso sencillo, si sigues estas indicaciones no encontrarás dificultad alguna. Adelante.
- Es recomendable que avises a la empresa con un periodo razonable de antelación para que tengan tiempo de realizar las gestiones pertinentes. Con esto nos referimos al menos a 15 días de antelación. Aunque es conveniente que consultes el Convenio Colectivo de tu profesión para ver si en él establecen un plazo concreto.
- No existe un modelo oficial de solicitud para pedir la excedencia para el cuidado de los hijos. Hay algunos convenios colectivos que incluyen modelo de referencia. Puedes consultar el tuyo para ver si es el caso. Pero, en resumen, puedes solicitar la excedencia por escrito u oralmente. Sin embargo, te aconsejamos encarecidamente que redactes un escrito para la empresa, ya que de esta forma tendrás pruebas de que has solicitado la excedencia.
- En dicho escrito es conveniente que indiques la fecha en la que quieres iniciar la excedencia, así como los datos del hijo por el cual la vas a solicitar (nombre, fecha de nacimiento…)
7. ¿Cómo puedes reincorporarte después al trabajo?
Una vez que finalice el periodo de excedencia para el cuidado de los hijos y quieras volver a incorporarte a tu puesto de trabajo, debes realizar algunas gestiones. Te las contamos a continuación.
- No existe un plazo establecido por ley para que avises con antelación a la empresa de que quieres reincorporarte a tu puesto de trabajo. Sin embargo, y con el fin de facilitar las cosas, te recomendamos que avises con al menos dos semanas de antelación.
- También es conveniente que consultes el Convenio Colectivo de tu profesión por si en él se incluyen indicaciones sobre la reincorporación tras esta excedencia.
- Como te habíamos explicado antes, dependiendo de la duración de tu excedencia tendrás unos derechos u otros. Si ha sido de menos de un año podrás volver al puesto de trabajo que tenías antes. Si el periodo supera el año, la empresa tendrá que ofrecerte otro puesto similar o con las mismas características.
8. ¿Qué pasa si la empresa se niega a que te reincorpores?
En el caso de que quieras reincorporarte al trabajo y la empresa se niegue, se consideraría despido nulo. Por lo tanto, tienes que acudir a la justicia y solucionar el tema por la vía judicial.
¿Puede la empresa despedirte durante la excedencia?
No. La empresa no puede despedirte durante la excedencia si el motivo del despido es precisamente haberla solicitado. Si es por otras razones, como por ejemplo un ERE o recortes de personal, habría que analizar cada caso en concreto. Pero si el despido se debe a la excedencia sería nulo.
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